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 Jornada sobre Función Pública, Reforma Laboral y Negociación Colectiva en el marco de la Administración Pública

En las Jornadas sobre la Función Pública, la Reforma Laboral y la Negociación Colectiva en el Marco de la Administración Pública organizadas por la Federación Canaria de Municipios (FECAM), celebradas durante los días 10 y 11 de febrero del actual en el Teatro Gonzalo de Berceo del municipio de Agüimes, se expusieron una serie de temas de actualidad en el ámbito del empleo público, cuya valoración ha sido altamente satisfactoria en opinión de los asistentes a las mismas.

 

El profesor D. Rafael Jiménez Asensio analizó la situación de crisis económica actual y su incidencia en las Administraciones Públicas, trasladando una serie de propuestas sobre los modelos de transformación del sector público en etapas de crisis y señalando, además, que “las entidades locales se juegan su futuro como instituciones de la ciudadanía en los próximos años. Y es por ello que en estos momentos el foco de atención debe dirigirse hacia un claro proceso de reforzamiento institucional de los gobiernos locales.”

 

En este contexto, es necesario potenciar el empleo público local a través de una serie de instrumentos y mediante la configuración de una política integral en esta materia que permita: a) desarrollar instrumentos de organización y gestión del empleo público (monografías de puestos, análisis funcionales, áreas funcionales); b) reforzar los instrumentos de selección para captar talento; c) impulsar políticas formativas adecuadas a las nuevas necesidades de la estructura del personal y de las plantillas; d) implantar sistemas de evaluación del desempeño, siquiera sea como experiencias piloto con el fin de mejorar el instrumento con el paso del tiempo; e) articular sistemas de carrera profesional sin coste fiscal (o con impacto fiscal diferido), que permitan desarrollos de competencias profesionales de los empleados públicos y expectativas de promoción profesional en las organizaciones locales; f) instaurar la dirección pública profesional en el ámbito local; g) profesionalizar el sistema de negociación colectiva por lo que afecta a la representación local.

 

D. Juan Luis Moratinos, Jefe de Servicio de Selección y Desarrollo del Departamento de Función Pública del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, presentó las acciones de innovación en el diseño, gestión, organización y ejecución de los procesos selectivos en el citado Ayuntamiento, en el marco del desarrollo de una serie de objetivos que han supuesto:

-          Implicar a toda la organización municipal en el proyecto.

-          Adaptar la selección a lo dispuesto en el Estatuto Básico del Empleado Público.

-          Orientar los procesos selectivos a la selección por competencias.

-          Incorporar mejores elementos de evaluación.

-          Optimizar recursos y esfuerzos en los procesos selectivos.

-          Mejorar la atención al opositor (atención, información, participación y transparencia)

-          Gestionar los tribunales como equipos de trabajo (gestión por proyectos).

-          Gestionar con criterios de sostenibilidad. Minimizar el uso del papel.

-          Gestionar el acceso de personas con discapacidad a la organización.

 

D. Xanti Moriones García, Responsable de la Oficina de Análisis Funcional en la Diputación Foral de Guipúzcoa, explicó el análisis de los puestos de trabajo desde la perspectiva de la gestión por procesos, dentro de un proyecto que tiene como objetivos: Planificar y mejorar la gestión de las personas de la Diputación Foral, aumentar la eficacia y eficiencia de los servicios prestados a través de la gestión por procesos y lograr un mayor compromiso de las personas con la organización.

 

Para ello, se han planteado como líneas estratégicas:

 

  1. Estudiar, actualizar y redefinir todos los puestos de la plantilla. (Análisis de puestos).
  2. Establecer una estructura administrativa acorde a la realidad y a las necesidades propias de la institución. Simplificación organizativa. Mejora de los procesos.
  3. Alinear la formación con el establecimiento de la carrera administrativa horizontal y el desarrollo profesional.
  4. Implantar progresivamente sistemas de evaluación del desempeño.
  5. Implantar sistemas de reconocimiento de las personas.
  6. Redefinir los conceptos retributivos.

 

Dª Paz Martínez García, Gerente de la Fundación Democracia y Gobierno Local, expuso la necesidad de impulsar la gestión del conocimiento en las Administraciones Públicas, como instrumento para mejorar la formación, la innovación y la comunicación.

 

Para ello, considera que es preciso gestionar adecuadamente las competencias clave (conocimiento, actitudes y habilidades), favorecer las comunicaciones (redes profesionales), organizar el tratamiento de la información y desarrollar una cultura para compartir conocimientos.

 

Asimismo, planteó la necesidad de potenciar la función directiva profesional y explicó el proyecto de la red de directivos públicos locales del Instituto Nacional de Administración Pública.

 

D. Jesús E. Fernández Martín, Jefe de Servicio de Relaciones Laborales de la Consejería y Administración Pública de la Región de Murcia, nos expuso un tema de interés: “la negociación colectiva”, como proceso para la adopción de decisiones sobre las relaciones de empleo público, atendiendo a los principios establecidos en el Estatuto Básico del Empleado Público: Legalidad, cobertura presupuestaria, obligatoriedad, buena fe negocial, publicidad y transparencia.

 

Asimismo, explicó las “disfunciones” en el desarrollo de los procesos de negociación: ausencia de negociación en algunas administraciones; inseguridad jurídica de los acuerdos; deficiente articulación entre las mesas de negociación y escasa coordinación de la posición negocial de las diferentes administraciones.

 

D. Jorge Riestra Sierra, Magistrado del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 4 de Santa Cruz de Tenerife, se refirió a cuestiones de actualidad sobre:

 

- Negociación colectiva de las Administraciones Públicas:

§         ¿Puede un Ayuntamiento o un Cabildo Insular dejar sin efecto un pacto de negociación colectiva?

§         ¿Alcanza el ámbito de aplicación de la Disposición Adicional 28,a) de la Ley de Presupuestos de Canarias a Cabildos Insulares y Ayuntamientos?

§         ¿Es posible aplicar el art. 38.10 EBEP a los Convenios Colectivos que rigen al personal laboral de las Administraciones Publicas?

§         ¿Son los convenios colectivos inmunes a las leyes posteriores? .Rige con plenitud la jerarquía ley como de fuente sobre convenios colectivos?

 

- Empleo Público:

  • Las relaciones de puestos de trabajo (RPT) y las plantillas. ¿Que puestos deben ser cubiertos por funcionarios y cuales por laborales? Intereses generales, seguridad jurídica y homogeneidad como criterios de aplicación
  • ¿Cabe el reconocimiento de trienios a los funcionarios interinos con carácter retroactivo respecto a la entrada en vigor del EBEP, en contradicción con el art. 25 EBEP? El art. 25. 2 EBEP y la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
  • ¿Existe contradicción entre la Disposición Adicional 15.a ET y el art. 103 CE y el art. 55 EBEP, que establecen los principios de igualdad, merito y capacidad en el acceso al empleo publico?
  • ¿Las impugnaciones de los actos de aplicación de las reducciones salariales y de sueldos del Real Decreto-Ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit publico. Estado actual de la cuestión

 

Finalmente, D Gumersindo Manso Abizanda, Magistrado del Juzgado de lo Social nº 8 de las Palmas de Gran Canaria, expuso las líneas generales de la reciente reforma laboral (Ley 35/2010, de 17 de septiembre, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo), y las particularidades del  contrato para el fomento de la contratación indefinida; los contratos temporales de Obra o Servicio; los contratos en prácticas y para la formación; la indemnización por fin de contrato temporal; el encadenamiento de contratos temporales; el despido objetivo y colectivo en la Administración; la movilidad, suspensión y reducción de la jornada y las modificaciones en materia de Empresas de Trabajo Temporal.


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